igualdad de género

PLAN DE IGUALDAD EMPRESAS

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Implementación obligatoria para empresas de más de 50 empleados a partir del 7 de marzo de 2022

¿QUÉ ES UN PLAN DE IGUALDAD EMPRESAS?

Un plan de Igualdad Empresas, sean públicas sean privadas, es un plan de acción a implementar y así alcanzar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. Los planes de Igualdad Empresas, son obligatorios para algunas empresas con un número determinado de trabajadores, y otras con algunas peculiaridades, tal y como explica el ministerio de Igualdad

¿QUÉ EMPRESAS ESTÁN OBLIGADAS A TENER REGISTRADO EL PLAN DE IGUALDAD?

  • Desde el pasado 7 de marzo de 2020, ya deben tener aprobado los planes de igualdad las empresas que tengan más de 150 personas trabajadoras.
  • A partir del 7 de marzo de 2021, deberán tener aprobado los planes de igualdad las empresas que tengan más de 100 personas trabajadoras.
  • A partir del 7 de marzo de 2022, deberán tener aprobado los planes de igualdad las empresas que tengan más de 50 personas trabajadoras.

¿QUÉ ASPECTOS EN MATERIA DE IGUALDAD DEBEN REGISTRARSE EN UN PLAN DE IGUALDAD EMPRESAS?

  • Proceso de selección y contratación.
  • Clasificación profesional.
  • Formación.
  • Promoción profesional
  • Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres.
  • Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
  • Infrarrepresentación femenina.
  • Retribuciones
  • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo

¿CÓMO ELABORAMOS EN practicaODS UN PLAN DE IGUALDAD A EMPRESAS?

Los Planes de Igualdad que elaboramos en practicaODS reflejan el proceso que se ha llevado a cabo para elaborar el Plan en la empresa, demostrando así que se cubre con las exigencias de la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de hombres y mujeres (Ley Orgánica 3/2007)

La información del Plan de Igualdad Empresa recoge toda la documentación emitida, desde el compromiso de la Empresa por realizar un Plan exhaustivo y detallado, pasando por la negociación y creación de la Comisión, hasta hacer un análisis y diagnóstico en materia de igualdad para poder evaluar y establecer nuevas metas para el progreso en dicha materia.

Se da especial importancia a la Valoración de los Puestos de Trabajo y a la Auditoría Salarial tal y como sugiere la ley. Y gracias a la información de dichos puntos, las medidas correctivas y de progreso propuestas se desemboca en un Plan de Acción para que la Empresa progrese con efectividad en la igualdad de género. De esta forma, la Empresa se posiciona a como parte activa y motor de cambio para alcanzar la Igualdad entre Hombres y mujeres, contribuyendo no solo a cumplir con la legislación, si no aportando también al equilibrio del ámbito social y al alcance de la Agenda2030 donde se encuentra el ODS 5 – Igualdad de Género.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL PLAN DE IGUALDAD EMPRESAS?

Para una Empresa elaborar un Plan de Igualdad es cumplir con la norma. Pero no se trata únicamente de un cumplimiento legislativo. Es mucho más que eso.

La Igualdad de Género es un objetivo que se persigue desde la Carta que se firmó con la creación de Naciones Unidas en 1945. Una carta donde se pretendía reafirmar el compromiso de los estados miembros de equilibrar el ámbito social, el económico y el medioambiental, y por los tanto se incluyeron artículos para trabajar el progreso en Igualdad de Género:

Art.8 (en cuanto a la elección de sus miembros)

La Organización no establecerá restricciones en cuanto a la elegibilidad de hombres y mujeres para participar en condiciones de igualdad y en cualquier carácter en las funciones de sus órganos principales y subsidiarios.

Art.55 (en cuanto a la cooperación internacional económica y social)

c. El respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos y libertades.

El objetivo internacional de alcanzar la igualdad de género dio un paso más con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, donde se destinaron nuevos artículos que referían la importancia de la Igualdad:

Art.1 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.

Art. 2.1 Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Art. 23.2 Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

Art. 23.3 Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

Art. 25.2 La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.

El trabajo por alcanzar una igualdad efectiva entre hombres y mujeres ha ido en paralelo:  internacionalmente, con la creación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible donde el ODS 5 tiene sus propias metas en las Agenda2030, y localmente donde cada país tienen su legislación vinculada a directivas comunitarias.

Para progresar en la igualdad de género en España una de las vías de actuación es en las empresas, y es aquí donde se les exige, si aplica, un plan de igualdad. El trabajo local de cada empresa pretende repercutir globalmente en el equilibrio social para crear:

Mismas Oportunidades

Mismos Derechos

Mismas Obligaciones

Mismo Trato

Romper con estereotipos

EQUILIBRIO SOCIAL

LOS PLANES DE IGUALDAD SON UN REQUISITO PARA CUMPLIR CON LA LEGISLACIÓN VIGENTE:

Ley Orgánica 3/2007  , de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Real Decreto Legislativo 2/2015  , de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo  , de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre  , por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre  , de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo  , sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.

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